lunes, 5 de diciembre de 2011

DENUNCIA POR PARTE DE LA EMPRESA DEL CONVENIO COLECTIVO REQUISITO NO NECESARIO


CONVENIO COLECTIVO 2008-2011 SALCAI-UTINSA S.A.


ARTÍCULO 2º.- ÁMBITO TEMPORAL O VIGENCIA.- 
El presente convenio comenzará a regirel día 1 de enero de 2008 hasta el 31 de diciembre de 2011, por lo tanto este convenio de aplicará en los años 2008, 2009, 2010 y 2011.
2.1.- El presente Convenio se entenderá denunciado automáticamente a la finalización del mismo, sin necesidad de que ambas partes o una de ellas lo solicite.

2.2.- En todo caso, durante el período de tiempo que transcurra entre la fecha de vencimiento del presente Convenio y la aprobación del siguiente, continuarán en vigor las actuales condiciones en el mismo establecidas.

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