jueves, 24 de diciembre de 2009

FEDERACIÓN DE EMPRESARIOS DE TRANSPORTES

A LA DELEGACIÓN DEL GOBIERNO EN CANARIAS

Asunto: Introducción del tacógrafo en Canarias.

Las Palmas de Gran Canaria, 18 de Diciembre de 2009.

Sra. Delegada del Gobierno en Canarias:

El pasado 18 de Diciembre se celebró una reunión en la sede de la Delegación del Gobierno en Canarias que contó con una amplísima asistencia de representantes de todos los estamentos de la Administración Pública del Estado, del Gobierno de Canarias, Cabildos Insulares, así como un elenco de representantes empresariales de todos los sectores de las siete islas, encabezados por el Presidente de la Confederación Canaria de Empresarios, en la que se abordó la problemática que plantea el inicio de la obligatoriedad del uso del tacógrafo en Canarias, por la que, ante todo, queremos darle las gracias.

Para facilitar la adopción de las decisiones necesarias para garantizar la fluidez de mercancías y pasajeros en Canarias a partir del 1 de Enero de 2010 vamos a exponer en el presente escrito las dificultades que a nuestro juicio plantea la utilización del tacógrafo.

TIEMPO DE ADAPTACIÓN MANIFIESTAMENTE INSUFICIENTE

Uno de los elementos que más ha influido en la falta de preparación del mercado canario para la asimilación del tacógrafo ha sido la escasez de tiempo, unido a la inseguridad jurídica que ha rodeado su introducción desde el conflicto normativo entre la Ley 13/2007 de Ordenación de los transportes por carretera de Canarias y el Real Decreto 640/2007, de 18 de mayo, por el que se establecen excepciones a la obligatoriedad de las normas sobre tiempos de conducción y descanso y el uso del tacógrafo en el transporte por carretera.

La Ley canaria 13/2007 daba de plazo para el inicio obligatorio del uso del tacógrafo en todas las islas hasta el año 2011 incluido, mientras que posteriormente el R.D. 640/2007 indicaba que con carácter inmediato debería utilizarse en las islas de Tenerife, Gran Canaria y Fuerteventura (islas de más de 1.500 kilómetros cuadrados). Este choque normativo generó gran incertidumbre en los empresarios canarios que, no obstante, comenzaron a planificar su adaptación al tacógrafo contando con que disponían hasta finales de 2011 para lograrlo.

Durante los años 2008 y 2009 se estuvieron ejecutando múltiples acciones formativas específicas sobre tacógrafo y tiempos de conducción y descanso, pero teniendo en cuenta las limitaciones presupuestarias y técnicas (cursos con un máximo de 15 alumnos y duración de cuatro días) ha sido imposible ofrecer formación a los casi 60.000 conductores que en todos los sectores empresariales canarios se ven afectados por el uso del tacógrafo, estimando actualmente en unas 3.000 personas las que pueden haber recibido formación al respecto.

El conflicto entre el ejecutivo canario y la administración estatal derivó en un proceso judicial ante el Tribunal Constitucional, que tuvo como consecuencia paralela la creación de una mesa bilateral Canarias-Estado para tratar de alcanzar un acuerdo en esta materia, por lo que la realidad es que durante ese período de tiempo los empresarios y trabajadores canarios desconocían totalmente el futuro a corto plazo en la materia. El resultado de esta mesa bilateral es que en el BOE de 23 de Julio de 2009 se publica el R.D. , de 10 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 640/2007, estableciendo la obligatoriedad del uso del tacógrafo para todas las islas (más de 250 km cuadrados) con fecha de inicio el 01 de Enero de 2010, es decir, el establecimiento definitivo de la fecha de entrada en vigor, con acuerdo entre los gobiernos central y autonómico, se produce cinco meses antes de la misma y en medio del período de vacaciones estivales.

RETRASO EN LA ADAPTACIÓN POR PARTE DE LOS CABILDOS INSULARES

La estructura administrativa en la Comunidad Autónoma de Canarias deposita las competencias en materia de gestión de transporte terrestre en los Cabildos Insulares. Estas administraciones insulares han comenzado en muchos casos a realizar actuaciones de adaptación a la gestión derivada del uso del tacógrafo en Canarias a partir del mes de Octubre de 2009.

Este retraso ha provocado que un número importante de empresas y conductores no hayan podido obtener las tarjetas de tacógrafo y lo peor es que será imposible que dispongan de este soporte magnético a tiempo ya que la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre solo permite tramitar 20 tarjetas al día. En estos momentos el tiempo medio de tramitación de una tarjeta es de un mes.

Estos extremos fueron reconocidos abiertamente por los representantes de los Cabildos presentes en la reunión a la que hacemos referencia al inicio de este escrito.

Además del desabastecimiento de tarjetas, la consecuencia derivada de este hecho es la imposibilidad material de comprobar el estado técnico efectivo de los aparatos tacógrafos ni de que empresas o trabajadores pudieran realizar pruebas y prácticas de cara al dominio de su uso en la fecha de entrada en vigor.

En estos momentos hay tarjetas que ya han sido emitidas por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre que no funcionan en los tacógrafos, por lo que ha comenzado otra línea de dificultad administrativa como es la de reclamación para reexpedición de tarjetas defectuosas.

EFECTOS GLOBALES PARA LA ECONOMÍA CANARIA.

Canarias es una región ultraperiférica caracterizada por una alta fragmentación geográfica y una absoluta dependencia económica del sector servicios, principalmente del turismo, teniendo como único medio de transporte interior la carretera.

Actualmente existe un entramado de relaciones contractuales con agencias de viaje y touroperadores nacionales e internacionales basados en unos catálogos de servicios y unas condiciones económicas pactadas con anterioridad a la entrada en vigor de la obligatoriedad de uso del tacógrafo y cuyos efectos llegarán al menos hasta finales del año 2010 en que se puedan iniciar nuevas negociaciones para futuras temporadas.

Las consecuencias operativas y económicas adversas del tacógrafo no están contempladas en los actuales contratos, siendo inviable tanto la modificación de las condiciones económicas de dichos contratos como las operativas, debido a que un número importante de turistas ya han adquirido paquetes de vacaciones con destino Canarias que podrían decaer ante cualquier variación por pequeña que sea.

En cuanto a la distribución logística de mercancías y productos de primera necesidad en Canarias se ve fuertemente afectada por la doble insularidad, que con la introducción del tacógrafo se agravaría todavía más aumentando la discriminación económica de las islas menores.

FALTA DE MEDIOS TÉCNICOS

La absoluta escasez de medios técnicos necesarios para el cumplimiento de la normativa relacionada con el tacógrafo es patente en Canarias siendo imposible resolverla en un corto plazo.

Hay una ausencia de talleres autorizados que provoca altos precios de sus servicios y largos tiempos de espera para atender a los vehículos, situación insalvable en islas en las que no existe ningún taller autorizado y todas las operaciones técnicas sobre los tacógrafos requieren desplazamiento de los vehículos a otras islas.

En cuanto a los elementos de hardware y software necesarios para la descarga, almacenamiento y gestión de la información de los tacógrafos, el ratio de implantación en las empresas de canarias es cero. En consultas realizadas a diferentes proveedores nacionales manifiestan que la dotación de estos elementos a las empresas canarias requeriría de un período de suministro muy amplio dado que las capacidades de producción de las fábricas no están dimensionadas para atender un boom de pedidos urgentes en tan poco tiempo.

REFERENCIA A PERÍODOS DE IMPLANTACIÓN PRÁCTICA DE OTRAS LEYES

Tel como manifestamos en el desarrollo de la reunión hay que recordar que otras normas legales muy importantes como las relacionadas con la prevención de riesgos laborales o las de accesibilidad tardaron muchos años en poder tener una aplicación efectiva y las diferentes administraciones acometieron su introducción de manera progresiva ya que ni ellas mismas tenían capacidad de cumplir a rajatabla dichas normas desde un primer momento.

TRATAMIENTO EN OTRAS RUP EUROPEAS

En ninguno de los territorios archipelágicos de la U.E. existe la obligatoriedad de utilización del tacógrafo, en consonancia con la previsión legal europea de permitir su excepción a los territorios insulares de menos de 2.300 kilómetros cuadrados, precisamente porque los perjuicios causados son mucho mayores que los posibles beneficios.

RECHAZO AL TACÓGRAFO EN CANARIAS COMO POSICIONAMIENTO EMPRESARIAL

Vaya por delante el manifiesto rechazo que la introducción del tacógrafo está provocando en todos los sectores empresariales y en un amplio conjunto de los trabajadores, dado que no se alcanzan a comprender las razones de la implantación en un archipiélago de reducidas dimensiones, en el que no se pueden realizar los topes de horas de conducción marcados por la normativa y donde los costes y perjuicios económicos y operativos son proporcionalmente tan grandes que no se justifica por sí misma la medida, como así lo han entendido tanto la U.E. como los diferentes estados miembros con territorios archipelágicos.

Canarias está pasando por una crisis económica estructural que la coloca como la comunidad peor situada, con ratios de desempleo desorbitados y una dinámica de desaparición de empresas que tardará muchos años en recuperarse, por lo que infligir un sobrecoste inicial superior a diez millones de euros entre inversión en tacógrafos, tarjetas de conductores y empresas, lectores de tarjetas, software de gestión y custodia de datos, gastos administrativos, formación, etc, a lo que habrá que añadir el coste fijo de mantenimiento de los sistemas.

Por todo lo expuesto,

SOLICITAMOS se eleve al Gobierno de España el rechazo a la introducción del tacógrafo en Canarias y se adopten las medidas oportunas para modificar la legislación prevista al respecto.

Igualmente solicitamos que transitoriamente se adopten medidas que permitan la flexibilización de las obligaciones derivadas del uso del tacógrafo, sobre todo en lo concerniente al régimen sancionador, planteando una moratoria de éste último hasta tanto concurran los elementos adecuados que garanticen unas mínimas condiciones para el cumplimiento por parte del empresariado canario y de la propia administración regional e insular.

Fdo. José Agustín Espino Flores

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